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El mes de agosto entró en vigor el nuevo canon digital, ¿Quien está obligado a pagarlo? ¿Cómo afecta a los precios de la tecnología? ¿Es definitivo o provisional? Tratamos de contestar a todas sus dudas.

Después de dos tentativas, ambas tumbadas por el Tribunal de Justicia de la UE, el estado español ha puesto en marcha un nuevo canon digital que subsanaría los errores de las anteriores normativas. La actual aplicación es provisional, a la espera que en un plazo máximo de un año se apruebe la ley definitiva.

Este canon vuelve a aplicarse a aquellos dispositivos con los que «podrían» hacerse copias privadas, no sobre la acción en si de hacerlas, más difícil y casi imposible de detectar. Así pues, la ley hace pagar a casi todo el mundo de forma preventiva. Puede ver la publicación completa de la ley en el Boletín Oficial del Estado y más información sobre legislación en la web de Ventanilla Única Digital.

Previa adquisición, estén exceptuadas del pago aquellas compras efectuadas por entidades certificadas que integran el sector público y por aquellas personas jurídicas o físicas certificadas que actúen como consumidores finales y que justifiquen el destino exclusivamente profesional de los elementos tecnológicos objeto de canon (esta certificación es necesaria y debe ser emitida por las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual).

En todo caso, y posteriormente a la compra, aquellas personas físicas o jurídicas no exceptuadas podrán solicitar ante estas entidades de gestión el reembolso del canon siempre que lo puedan justificar según los términos anteriores o los elementos adquiridos se destinen a la exportación (para hacer esta solicitud de reembolso de forma puntual, esta debe ser superior los 25€, en caso contrario deberá efectuarse de forma anual). Más información en la web de Ventanilla Única Digital.

Las ocho entidades que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha autorizado como gestoras, pudiendo emitir certificados o realizar reembolsos, son SGAE, CEDRO, VEGAP, DAMA, AIE, AISGE, AGEDI y EGEDA. Puede consultar sus datos de contacto en la web del Ministerio.

Por lo que hace referencia a la cuantía del canon y bienes afectados, el decreto-ley, de momento, regula una solución transitoria que tendrá, como decíamos, una vigencia temporal, hasta Hasta la primera Orden Ministerial que fije dichas tarifasde forma definitiva:

Impresoras multifunción: 5,25 euros / unidad
Impresoras monofunción: 4,50 euros / unidad
Grabadoras de discos: 0,33 euros / unidad
Grabadoras de discos «versátiles específicos o mixtos»: 1,86 euros / unidad
Discos no regrabables: 0,08 euros / unidad
Discos regrabables: 0,10 euros / unidad
Discos versátiles no regrabables: 0,21 euros / unidad
Discos versátiles regrabables: 0,28 euros / unidad
Memorias USB y tarjetas de memoria: 0,24 euros / unidad
Discos duros externos: 6,45 euros / unidad
Discos duros integrados: 5,45 euros / unidad
Tablets y dispositivos portátiles de pantalla táctil: 3,15 euros / unidad
Móviles: 1,10 euros / unidad

Puede conocer el listado completo de todos los bienes afectados en este link.

En caso de tener cualquier pregunta sobre el nuevo canon digital, no dude en contactarnos en el 902 566 048 o bien mediante el siguiente formulario:

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